martes, 28 de junio de 2011

Continúa la tramitación parlamentaria de la reforma de las pensiones

Spanish Socialist Workers' Party logoImage via WikipediaEsta vez con el apoyo de CiU:
"La Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados ha aprobado con competencia legislativa plena el dictamen del proyecto de ley de reforma de las pensiones con los votos a favor de PSOE, CiU y la abstención del PNV, mientras que PP, ERC-IU-ICV y BNG han votado en contra por su rechazo al retraso de la edad de jubilación hasta los 67."

...Durante el debate, el PSOE ha introducido una nueva enmienda que refleja el acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos para integrar desde el 1 de enero de 2012 a las empleadas de hogar en el régimen general de la Seguridad Social, si bien con un plazo de seis meses naturales de adaptación.
A cambio CiU obtiene la propiedad de la red de hospitales del Estado, que venderá para enjugar su deuda.

"La titularidad de los bienes y derechos que el 1 de enero de 2011 fueran patrimonio único de la la Seguridad Social y estuvieran adscritos a las comunidades autónomas le será atribuido a éstas en virtud de los correspondientes reales decretos de transferencia", expone la enmienda.
(Comentario: la próxima crisis no sé qué vamos a vender..., especialmente si algún que otro alcalde se sigue subiendo alegremente el sueldo y seguimos pagando campañas carísimas para que los ex-altos cargos tengan un modesto puestecito en el extranjero).

Respecto al cambio en el régimen jurídico de las empleadas de hogar y, a salvo de lo que establezca la ley definitivamente, la modificación consiste en:
... las personas que trabajen como empleadas de hogar al ser dadas de alta en la Seguridad Social deben tener un contrato en el que como mínimo se estipule el número de horas de trabajo semanales, salario mensual o por hora, salario en especie, si existe o no pacto de horas de presencia y su retribución, si existe o no pacto de pernoctación y su retribución, y el número de cuenta bancaria del titular del hogar familiar donde domiciliar la cotización. En caso de baja de la actividad laboral, a partir del noveno día la incapacidad temporal corre a cargo de la Seguridad Social, los empleadores pagarán desde el cuarto día hasta el noveno.
Se conceden 6 meses a partir de la entrada en vigor de la Ley para la aplicación de esta novedad legislativa.

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