sábado, 9 de febrero de 2013

Más opiniones sobre el arbitraje en preferentes

Visto aquí:
La vía arbitral ofrece todas las garantías a los usuarios para que puedan defender sus intereses como si de un procedimiento judicial se tratase. El artículo 24 de la Ley de Arbitraje vigente asegura que así sea estableciendo que deberá tratarse a las partes con igualdad y darse a cada una de ellas suficiente oportunidad de hacer valer sus derechos. Quiere ello decir que se garantiza a ambas partes del procedimiento tener acceso a todo el material que pueda influir en la decisión final y ser suficientemente oídas en la defensa de sus intereses.
Prueba de los buenos resultados que puede ofrecer el arbitraje la encontramos en los procedimientos arbitrales iniciados por Catalunya Banc y Novagalicia Banco. Antes de que las dos principales fuerzas políticas suscribieron el referido acuerdo, estas entidades ya habían recurrido al sistema arbitral para resolver casos de comercialización incorrecta de preferentes, a través de los cuales muchos afectados han recuperado la totalidad del capital invertido en menos de tres meses.
Evidentemente, el sistema ideado por gobierno y oposición para intentar dar alguna solución al grave problema de la comercialización indiscriminada de las preferentes no es perfecto, pero sí puede ser el más adecuado para muchos de los consumidores que se han visto perjudicados. Para ello, eso sí, resulta imprescindible que pese a que su puesta en marcha haya venido de la mano de una decisión política, los principios básicos de todo procedimiento arbitral se vean salvaguardados, en especial, el de independencia e imparcialidad de los árbitros que tengan que decidir.
Antecdentes:
  1. Jurisprudencia: Banco de Valencia condenado a pagar 26.000€ por las preferentES.
  2. PP y PSOE pactan una salida para los afectados por los preferentes (act.).
  3. Acciones preferentes: críticas al arbitraje propuesto.

La importancia de la division de poderes: caso Sánchez Gordillo

Otro dato que debe hacernos meditar sobre por qué es necesario reformar este Estado:
El magistrado que archivó esta semana la denuncia contra el alcalde de Marinaleda y diputado de Izquierda Unida, Juan Manuel Sánchez Gordillo, llegó al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a propuesta del PSOE, que gobierna esta comunidad en coalición con la federación de izquierdas. La Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial establece en su artículo 330 que “en la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, una de cada tres plazas se cubrirá con un jurista de reconocido prestigio” a propuesta del Parlamento de cada comunidad autónoma. En virtud de esa norma, el Partido Socialista impulsó en 2001 hasta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a Miguel Pasquau Liaño, hasta entonces profesor titular de Derecho Civil de la Universidad de Granada.
La procedencia del magistrado ha adquirido relevancia tras el sobreseimiento libre de la denuncia contra Sánchez Gordillo, que ha causado un enorme revuelo en el seno de la Justicia andaluza. El estupor generado se produce a consecuencia de las inexplicables conclusiones a las que llega Pasquau Liaño sobre los hechos probados que el mismo admite en su auto exculpatorio.

Y ello a pesar de que un vídeo muestra las coacciones de este político:
"Yo te voy a hablar claro", le espeta el alcalde de Marinaleda, visiblemente irritado después de que el responsable del establecimiento se negara a estrecharle la mano comprometiéndose a cerrar. "Si ustedes no nos hacéis caso y ahora cerráis y dentro de media hora tenemos que venir otra vez, mañana, pasado, el otro... podemos venir 500 y hacer lo que pensamos hacer. Y es que tiramos todo lo que hay ahí... No nos llevamos nada, pero te tiramos todo al suelo y vas a tener que poner a trabajar durante veinte días a la gente", le advierte.

Ahora, comparen esto con esta otra sentencia, en el que un empleado de una empresa de cobro de morosos fue condenado por coacciones.

Antecedentes: La náusea cotidiana, capítulo ene @ Noatodo.

viernes, 8 de febrero de 2013

Jurisprudencia: el TS determina que las comunidades de bienes también tienen que presentar ITP

>Hoy termina el plazo para solicitar el borrador de la Declaración de la RentaSiempre que intervengan en el tráfico mercantil.
El magistrado González González resuelve un supuesto en que dos sociedades mercantiles constituyeron una comunidad de bienes con el fin de promover y edificar para luego adjudicarse los inmuebles. Unas actividades que, para el Supremo, "determinan la conceptuación de esa comunidad como sujeto pasivo del citado Impuesto (de Transmisiones Patrimoniales)", puesto que el artículo 22.4º de la Ley de este tributo "equipara a las sociedades sujetas a la comunidad de bienes que realice actividades empresariales".
El Supremo rechaza lo postulado en la instancia por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, que entendía que no era razonable "eliminar la realidad de que la organización empresarial es de las entidades mercantiles y no de la comunidad de bienes". Así pues, sostuvo que "no es posible que la actividad empresarial que se realiza por las sociedades que inicialmente constituyen la comunidad de bienes trascienda de éstas y pase a atribuirse a la segunda".
Frente a este argumento, el Supremo se alinea con la sentencia de contraste, también del TSJ de Madrid, "partidaria de analizar las circunstancias concurrentes en cada caso para analizar si verdaderamente hay una intervención de la comunidad de bienes en el tráfico mercantil o no".
Visto aquí.

Caso Urdangarín: recurso contra el auto que impuso la fianza

El abogado de Urdangarín ha presentado un recurso contra el auto del juez por el que se imponía el pago de una fianza solidaria de 8,1 millones, estando obligados al pago el ex-jugador de balonmano y su socio Diego Torres. Hasta ahí, todo normal, es más, la interposición de recursos es un derecho que tiene reconocido por ley. Ahora bien, lo interesante es ver el razonamiento en el que basa la interposición del recurso:
Iñaki Urdangarin ha recurrido la fianza de responsabilidad civil de casi 8,2 millones de euros argumentado que se vería abocado a un "injusto empobrecimiento" y se produciría un "enriquecimiento injusto" para los beneficiarios de la anterior cantidad. (...) Pero además insiste el letrado del duque de Palma, como ya hizo en anteriores fases del proceso, en que su cliente está sufriendo indefensión en esta investigación. Critica al juez que ha hecho una selección "parcial, sesgada y fuera de plazo" de determinados documentos del sumario, "cuya elección o rechazo de otros también ha sido subjetiva", en especial referencia a las declaraciones de los testigos y o imputados.
No creo que sea necesario comentarlo.

Jurisprudencia: El Supremo ve lícito grabar un encuentro sexual en prisión en una causa penal

El Tribunal Supremo (TS) cree lícito que un juez autorice a grabar un encuentro sexual en prisión entre un imputado y su pareja dentro de una investigación penal, aunque tal posibilidad no esté prevista en las leyes españolas "debido a la defectuosa e incompleta regulación vigente".
El Supremo se expresa en estos términos en un auto por el que decreta el archivo de la querella presentada por un imputado en el sumario de presunta corrupción política conocido como 'caso Las Teresitas' contra su instructora, la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) Carla Bellini, y contra la teniente fiscal jefe de Tenerife, María Farnés.
La magistrada Bellini autorizó a la Policía Judicial a grabar el "vis a vis" que Felipe Manuel Armas Jerónimo iba a mantener el 7 de octubre de 2007 en la cárcel Tenerife 2 con su pareja, una interna de ese centro que nada tiene que ver con esa presunta trama de corrupción política, cohecho y malversación de fondos públicos.
Sus motivos, tal como recoge el Supremo en los hechos probados del auto, eran que la Policía tenía sospechas fundadas, por sus escuchas telefónicas anteriores a Armas Jerónimo, de que éste podía sincerarse con su pareja en ese encuentro íntimo y revelarle hechos relevantes para la investigación.
vía El Supremo ve lícito grabar un encuentro sexual en prisión en una causa penal | España | elmundo.es.

Esta resolución, si bien estoy de acuerdo con ella, plantea un problema: ¿por qué si se admiten aquí las escuchas y no se admitieron las que se hicieron en la trama Gürtel? Recordemos que Garzón fue procesado y condenado por prevaricación por esta razón. Dos cuestiones: a) no tengo mucho aprecio a Garzón porque, como instructor, era bastante chapucero. b) los razonamientos "y tú más" o "los de un lado buenos, los del otro malos", sobran...

miércoles, 6 de febrero de 2013

El gobierno americano demandará a Standard & Poor por su papel en la crisis financiera de las hipotecas subprime

Lo he leido en France 24 y en BBC Mundo:
El gobierno de Estados Unidos confirmó el martes que demandará a la agencia de medición de riesgo Standard and Poor’s (S&P) por la manera como calificó bonos hipotecarios antes de que estallara la crisis financiera en 2008.
"Su presunta conducta es indignante y está en el centro de la crisis financiera (de 2008)", dijo el fiscal general de EE.UU., Eric Holder, en una rueda de prensa.
El gobierno cree que hubo un fraude de más de US$5.000 millones.
Las acciones del propietario de S&P, la editorial y grupo de medios McGraw Hill, cayeron un 14% en Wall Street el lunes tras el anuncio, mientras que las de la agencia Moody cayeron un 10%.
La medida del gobierno estadounidense sería la primera gran acción concreta contra una compañía financiera por las prácticas que terminaron produciendo la peor crisis financiera desde 1930 en EE.UU. y el mundo.

lunes, 4 de febrero de 2013

Las consecuencias de la corrupción en la inversión internacional

El problema principal que se le plantea a Mariano Rajoy, más allá del efecto que puede tener en el electorado del Partido Popular, es el daño que hace a la imagen de un Gobierno que más que nunca necesita transmitir fortaleza. Los inversores entienden que este escándalo debilita al Ejecutivo y con ello pone en peligro las profundas reformas que tiene que llevar a cabo para seguir por la senda que Bruselas considera correcta.

“El Gobierno lo ha negado y hasta que se demuestre lo contrario no debemos desconfiar”, asegura a Cotizalia Marc Caretti, gestor de fondos del equipo de renta variable global de Raiffeisen Capital Management. “Sin embargo, nuestro miedo está en que la población española pueda estar realmente decepcionada, salga en masa a las calles y el Gobierno no pueda llevar a cabo las medidas de austeridad necesarias para reducir el déficit”. “

Si esto ocurre y no es aceptado por la población, limpiar la imagen lleva mucho tiempo, tiempo que no tienen”, continúa el gestor austriaco.

“Aún así, intentamos no vernos influidos por todo este caos y vemos en España valores baratos y buenas compañías para entrar”.
vía Los inversores vuelven a poner a España en cuarentena por la corrupción - Cotizalia.com.

domingo, 3 de febrero de 2013

Muñoz Machado: “Los partidos políticos son la madre de todos los vicios de nuestra democracia "

imageInteresante entrevista de este Profesor de Derecho Constitucional, que podéis leer aquí.
También señala una serie de reformas que, a su juicio, precisa la Constitución, como aclarar el reparto de competencias legislativas, especialmente en materia económica, y la relación entre la legislación del Estado y la ejecución autonómica.

Expulsan a un fiscal de la carrera por discrepar con su jefa

Lo podéis leer aquí:
El Consejo Fiscal, el órgano asesor del fiscal general del Estado, aprobó la semana pasada por mayoría la separación del servicio, es decir, la expulsión de la carrera, del fiscal de La Coruña Juan Antonio Frago quien mantenía una pugna con la fiscal jefe de esa provincia, Esther Fernández, a la que denunció, y quien a su vez abrió expediente a su subordinado por tres faltas graves y una muy grave. Esta última le ha costado la carrera a Frago, aunque la propuesta aún no le ha sido comunicada oficialmente.