domingo, 26 de junio de 2011

El nuevo Código Civil Foral de Aragón

El pasado 23 de marzo se publicó el nuevo Código Foral de Aragón, que deroga todas las leyes anteriores:
No contiene modificaciones significativas. Sin embargo, sí hay que destacar en primer lugar, la posibilidad de pedir la custodia compartida de los hijos y la desaparición del régimen de la prodigalidad en Aragón:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Prodigalidad.
1. Desde el 23 de abril de 2007 nadie puede ser declarado pródigo.
2. Las personas declaradas pródigas con anterioridad siguen rigiéndose por las normas de la legislación anterior, pero pueden solicitar judicialmente la reintegración de su capacidad.
Por supuesto, esto sólo regirá para Aragón pero constituye una notable excepción foral al régimen establecido por los AA. 286ss CC.

También es de interés referirse a:
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Términos genéricos.

Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el presente Código se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.

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