viernes, 22 de febrero de 2013

Jurisprudencia: absuelto un etarra por un error de la Audiencia

El Tribunal Supremo ha absuelto este miércoles al etarrra Aitor Lorente Bilbao de la pena de ocho años y seis meses de prisión que le fue impuesta el pasado mes de junio por los delitos de tenencia ilícita de armas y depósito de explosivos debido al error que cometió la Audiencia Nacional al situar el hallazgo de sus huellas dactilares en el piso  que la banda tenía de la casa situada en la calle Santuchu de Bilbao en 1996.
   El fallo de la Audiencia Nacional, según se señala en la sentencia dada a conocer este miércoles, deriva de la confusión sobre el lugar del hallazgo de las huellas de Llorente en unas fiambreras encontradas en la cocina del piso, y que la Sala valoró como encontradas en una habitación cerrada con llave donde los miembros del "Comando Vizcaya" Salvador Gaztelumendi y José Miguel Bustinza guardaban armas y explosivos.
      Además, considera que la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional infirió de forma "excesivamente abierta e imprecisa" que, al aparecer sus huellas en un objeto de uso doméstico como es una fiambrera, Lorente pudiera tener acceso a la habitación cerrada con llave.

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