La orden se aplicara, a aquellas entidades de crédito que, con el objetivo de proceder a su saneamiento o reestructuración: a) estén participadas mayoritariamente por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, b) hayan recibido apoyo del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, sin hallarse mayoritariamente participadas por el mismo; o, c) soliciten apoyo del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.Sin embargo, este régimen tiene una excepción en los procesos de integración de entidades (A. 7):
jueves, 9 de agosto de 2012
Regulación de las remuneraciones de los directivos de entidades financieras que reciban apoyo financiero
Se regula en la Orden 3 de agosto de 2012 y fue publicada ayer, que incluye dentro de estas entidades a las siguientes (a. 2.1):
miércoles, 8 de agosto de 2012
La digitalización de fondos de la Audiencia Nacional: otro caso de escándalo en la gestión de los fondos públicos
La premisa fundamental del blog es que es un blog jurídico, no político, pero cualquier noticia que tenga que ver con la Administración de Justicia, siempre encontrará eco en las entradas de este blog, como la siguiente:
El Gobierno socialista fijó un presupuesto de cerca de 1.600.000 euros para digitalizar los fondos de la Audiencia Nacional y acabó gastando más de nueve millones. Así lo ha desvelado el secretario general de la Administración de Justicia, Joaquín Silguero, en una entrevista concedida a Europa Press en la que ha hecho balance sobre los proyectos tecnológicos que ha encontrado a su llegada al Ministerio.
Protección de datos: el Gobierno británico quiere que su regulación se haga mediante Directiva para "incrementar la flexibilidad"
La Unión Europea quiere modificar la actual regulación de protección de datos, impidiendo las particularidades que hoy subsisten en las distintas legislaciones de los países comunitarios.
Ahora bien, se discute si se debería regular mediante directiva (que necesita transposición y, por tanto, intervención de las autoridades de los países miembros para adaptar la regulación a sus especiales circunstancias) o reglamento (de aplicación directa y, por tanto, no precisa de intervención por parte de las autoridades comunitarias). El Reino Unido no quiere un reglamento porque no tendría en cuenta "debidamente la tradición y la práctica nacionales".
Changes to the EU data protection regime should come in the form of a new Directive rather than in the form of a Regulation in order to enable that flexibility, it said. "We are of the view that the proposed general Regulation should be a Directive in order to provide greater member state flexibility to implement the measures – a Regulation would allow the EU to prescribe rules without necessarily giving due regard to national tradition and practice," the UK said, according to a leaked file (170-page / 606KB PDF) from the Council of Ministers published by civil liberties group Statewatch. Currently EU member states have slightly different data protection laws from one another. This is as a consequence of the way those countries have implemented the 1995 Data Protection Directive into national laws. The wording of EU Directives does not have to be precisely copied into national laws. The Commission has described the current data protection regime in the EU as fragmented and outdated and has pressed for reforms that bring the rules up-to-date with advancements in technology.vía UK submits concerns over proposed data protection reforms.
martes, 7 de agosto de 2012
Jurisprudencia: El TS rebaja de 2 años a 9 meses la sanción a una jueza por una falta muy grave de desatención
la jueza subraya que informó al Juzgado de que no asistiría por las mañanas, así como dio orden a la Policía de poner a los detenidos a su disposición a partir de las 16.30 horas porque "estaba tomando medicinas y necesitaba dormir mucho por las mañanas". El Supremo no rebate estos extremos y afirma en su resolución que la juez padecía un trastorno obsesivo-compulsivo de la personalidad, junto con un importante estrés laboral que le obligaba a seguir un tratamiento médico con importantes efectos secundarios, por lo que atenúa su responsabilidad. Sin embargo, el Supremo sí que confirma las otras dos sanciones de suspensión por un mes por absoluta y manifiesta falta de motivación en sus resoluciones, y otra sanción de advertencia por ausencias injustificadas por la que fue multada con 150 eurosvía El TS rebaja de 2 años a 9 meses la sanción a una jueza por una falta muy grave de desatención.
Comentario: no entiendo cómo alguien que no puede trabajar por las mañanas (al menos eso parece de la redacción), puede reincorporarse al servicio. Si tiene un "trastorno obsesivo-compulsivo, junto con un importante estrés laboral, con un tratamiento médico con importantes efectos secundarios", lo ilógico es que se haya reincorporado. A ello se une que se le ha sancionado por no motivar sus resoluciones (requisito derivado de la tutela judicial efectiva de los interesados) y por ausencia injustificada. No creo que sea justo que alguien así tenga en su mano potestades judiciales, esto es, la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Si no puede realizar sus actividades, no se le debería haber permitido la reincorporación.
lunes, 6 de agosto de 2012
Crítica al Reglamento europeo de Sucesiones Transfronterizas
El otro día vimos cuáles eran las ventajas del nuevo Reglamento. Hoy, transcribo aquí dos párrafos muy elocuentes de Ius Civile, el blog sobre Derecho civil de Lex Nova, en el que se enumeran algunas críticas importantes e interesantes del mismo:
la complejidad de sus disposiciones provoca inseguridad y hace dudar de la calidad y perfección de las soluciones adoptadas. De hecho, durante el proceso de elaboración del Reglamento, ya se apuntó que la excesiva ambición en las cuestiones abordadas (basta leer su extenso título) podía dañar el equilibrio y la armonía de la regulación en una materia tan compleja, particularmente afectada por la diversidad jurídica, pues son muy distintas las concepciones que cada ordenamiento tiene de la persona, de la propiedad y de las relaciones familiares. Una diversidad que se pone especialmente de manifiesto en relación con el Reino Unido e Irlanda, Estados que, sin embargo, no participan en la adopción del presente Reglamento (cfr. Considerando 82), lo cual tiene una significativa repercusión para España, dado el importante número de nacionales de estos Estados que residen y son propietarios de bienes en nuestro país.
Artículo: La deriva regulatoria
La actividad económica prospera en el marco de la ley, de una normativa que se conoce, se respeta, se mantiene a lo largo del tiempo y se adecúa a los cambios en las innovaciones, la movilidad de las personas, la apertura al exterior etc. Por el contrario, la profusión de leyes y decretos, la introducción de diversas instancias, supra e infra nacionales generan nuevas obligaciones que requieren tiempo para conocerlas y entenderlas así como asistencia especializada y costosa en muchos casos. Lo peor es que esas leyes innecesarias con sus correspondientes cargas, estaban reconocidas y descalificadas por la práctica y la sabiduría. Así, en el s. 18 Thomas Hobbes en su “Leviatan” decía que las leyes innecesarias no son buenas leyes sino trampas para coger dinero.
Por su parte, en el s. 19, J. R. McCulloch en sus “Principles of Political Economy” consideraba que ni la regulación arbitraria, ni las decisiones de las legislaturas pueden añadir nada al capital del país: solo pueden forzarle a en vericuetos artificiales.
España desde la recuperación de la libre elección del gobierno(s) es un caso claro de expansión múltiple de normas e instancias. En los años 2008-2010 el número de páginas de los Diarios y Boletines Oficiales publicados por las CC. AA., sin contar los números extraordinarios, alcanzaron el número de 697.244 en el primer año, 736.305 el 2º y 867.466 el tercero. A estas cifras hay que añadir el BOE con cifras, en los mismo años de 68.505, 274.257 y 258.068. En el último ejercicio se superaba el millón, pero si se añade también la producción de la UE, la cuantía es aún mayor.
domingo, 5 de agosto de 2012
Unión Europea: La Comisión presenta una nueva estrategia para el sector de la construcción
Veremos cómo se plasma esta estrategia, aunque en principio parece interesante:
Entre las medidas que contempla esta nueva estrategia se encuentra la creación de unas condiciones favorables para la inversión, especialmente en la renovación y el mantenimiento de edificios, a través de acciones como la movilización del paquete de hasta 120.000 millones de euros disponible para préstamos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) dentro del Pacto por el Crecimiento y el Empleo de junio. La estrategia prevé también dar un mayor impulso a la innovación en el sector de la construcción y mejorar las cualificaciones de los trabajadoresmediante el fomento de la movilidad.
En la propuesta de la Comisión se indica la necesidad de mejorar la eficiencia de los recursos facilitando en la UE el reconocimiento mutuo de sistemas de construcción sostenibles, así como proporcionar a las empresas constructoras códigos de diseño normalizados y de buenas prácticas para que les resulte más fácil trabajar en otros Estados miembros. Se prevén medidas para mejorar la posición mundial de las empresas constructoras europeas para conseguir un buen rendimiento y normas sostenibles en terceros países, puesto que a las dificultades existentes en el ámbito del mercado único se unen algunas derivadas de la existencia de requisitos sociales y medioambientales menos estrictos. A ello se une que las empresas europeas deben competir en el exterior con operadores procedentes de ciertos países que se benefician de medidas estatales de protección, como es el caso de China.vía Euroalert.net - La Comisión presenta una nueva estrategia para el sector de la construcción en la Unión Europea - Noticias, Legislación, Contratos y Eventos de actualidad sobre la Unión Europea.
sábado, 4 de agosto de 2012
La AP de Barcelona insta por tercera vez a que los mossos torturadores ingresen en prisión
Creo que a los servidores públicos, precisamente por estar "al servicio de los intereses generales", como así señala el artículo 103.1 de la Constitución de 1978, se les debe exigir un plus de respeto en el cumplimiento de la Ley. Entiendo que determinados cuerpos (especialmente policías o bomberos) están sometidos a una presión mucho más fuerte que la que pueda estar sometido otros cuerpos de la Administración y en determinados casos, aunque su actuación no pueda justificarse legalmente, al menos sí será entendible desde un punto de vista humano. Pero en este caso, los hechos fueron lo suficientemente graves como para que no estén pidiendo la suspensión provisional de la condena de prisión una y otra vez, que más parece una actuación con finalidad dilatoria que otra cosa.
La sección novena de la Audiencia de Barcelona ha resuelto desestimar, por tercera vez, la solicitud de suspensión provisional de la condena de prisión para cuatro mossos condenados por torturas y lesiones e insta a que ingresen en la cárcel.Los abogados de los Mossos presentaron el pasado 5 de julio una nueva solicitud de suspensión provisional de la condena basándose en una segunda petición de indulto presentada a finales de mayo. En el auto, de fecha 24 de julio y que desestima de nuevo la suspensión provisional de la condena, el tribunal considera que la sentencia "no puede verse por más tiempo demorada en su ejecución" porque, a su juicio, "los principios más elementales de justicia lo exigen así".Este caso de torturas ocurrió en julio de 2006, cuando cinco mossos d'esquadra detuvieron por error a un ciudadano rumano en Barcelona, le golpearon por todo el cuerpo, le amenazaron y le llegaron a meter una pistola en la boca para hacerle confesarvía La AP de Barcelona insta por tercera vez a que los mossos torturadores ingresen en prisión.
Jurisprudencia: Hacienda no podrá revisar ejercicios prescritos que afecten a otros que no hayan prescrito
La prescripción es una institución que, al menos en general, obliga a respetar lo prescrito si no se ha ejercitado el derecho o la acción en el tiempo correspondiente. Sin embargo, parece que la AEAT no lo ve muy claro. Lo publicó el Economista.es:
La Agencia Tributaria, respaldada por la opinión del TEAC, entendía que como la aplicación de las bases imponibles negativas se había realizado en un ejercicio no prescrito se podría proceder a revisar la procedencia de los resultados negativos anteriores aunque la declaración de éstos ya hubiera prescrito. La sentencia indica que la interpretación de la Administración supone “una verdadera quiebra de la finalidad del instituto prescriptorio”, y manifiesta que, declarada la prescripción de un determinado ejercicio, ésta ya es firme y también los son los datos declarados.
viernes, 3 de agosto de 2012
La filial de Caja Castilla la Mancha en las Islas Caimán
El ex presidente de CCM, Juan Pedro Hernández Moltó, creó el 20 de septiembre de 2001 una filial, denominada CCM Preference Limited, en las Islas Caimán. Desde este paraíso fiscal se emitían acciones preferentes garantizadas no acumulativas con objetivo de pagar menos impuestos. El país caribeño es “un lugar de alto riesgo en cuanto a la moralidad y oscurantismo”, según Manos Limpias, que ha presentado una querella contra la entidad castellano manchega. La sociedad se constituyó conforme a la legislación mercantil de las Islas Caimán con un doble fin. Por un lado, se utiliza para operaciones de captación de fondos en la emisión de acciones preferentes garantizadas y, por otro, “se alcanza un compromiso del Gobierno de las Islas Caimán que le exime del pago de todos sus impuestos hasta el 2 de octubre de 2021”, según consta en un informe de la auditora Ernst&Young.
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jueves, 2 de agosto de 2012
Modificación de la Ley General de Comunicación Audiovisual
El objeto fundamental de esta modificación tiene por objeto "flexibilizar los modos de gestión de los servicios públicos de comunicación audiovisual autonómicos". Esto es, se permite que se preste directamente por la Comunidad Autónoma, se preste por un tercero mediante gestión indirecta o bien a través de colaboración público-privada.
A. 40.2. El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales podrán acordar la prestación del servicio público de comunicación audiovisual con objeto de emitir en abierto canales generalistas o temáticos, en función de las circunstancias y peculiaridades concurrentes en los ámbitos geográficos correspondientes y de los criterios establecidos en el apartado anterior.
Los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma decidirán dentro de los múltiples digitales que se les reserven, los canales digitales de ámbito autonómico que serán explotados por el servicio público de comunicación audiovisual televisiva y los que serán explotados por empresas privadas en régimen de licencia.
Las Comunidades Autónomas que acuerden la prestación del servicio público de comunicación audiovisual determinarán los modos de gestión del mismo, que podrán consistir, entre otras modalidades, en la prestación del servicio de manera directa a través de sus propios órganos, medios o entidades, en la atribución a un tercero de la gestión indirecta del servicio o de la producción y edición de los distintos programas audiovisuales, o en la prestación del mismo a través de otros instrumentos de colaboración público-privada, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia y concurrencia, así como no discriminación e igualdad de trato. Asimismo, las Comunidades Autónomas podrán acordar transformar la gestión directa del servicio en gestión indirecta, mediante la enajenación de la titularidad de la entidad prestadora del servicio, que se realizará conforme con los principios citados anteriormente.vía BOE.es - Documento BOE-A-2012-10385.
Las CCAA planean subir el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para vivienda usada
La mayoría de las comunidades autónomas estudia subir el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que grava la compra de vivienda usada, para armonizar este tributo con la subida del IVA y con el fin de frenar la caída en picado de sus ingresos tributarios. El margen de incremento ronda los tres puntos, según las consultas realizadas por este diario. Las regiones mantienen tipos muy diversos en este tributo, pero la mayoría trata de hacerlo coincidir con el tipo reducido del IVA, que subirá al 10% en septiembre.vía Las CCAA planean subir los impuestos de las viviendas de segunda mano,Sector inmobiliario. Expansión.com.
No creo que sea esto lo que más le convenga al sector de la vivienda. Una subida de impuestos no animará a comprar más vivienda por la mayor carga para el comprador u obligará a los propietarios de vivienda usada que quieran vender a bajar los precios. En ambos casos, sólo se comprará (o se venderá) vivienda si tiene prisa o necesidad para ello.
miércoles, 1 de agosto de 2012
El segundo Plan E de Zapatero es inconstitucional porque invade competencias autonómicas
La sentencia no ofrece dudas. El segundo Plan E es inconstitucional. Y lo es, según el alto tribunal, porque invade las competencias autonómicas. En concreto, sostiene el Tribunal Constitucional, porque a la hora de repartir las subvenciones el Gobierno anterior “no tomó en cuenta” la participación de las comunidades autónomas. Una circunstancia a la que obliga, según el TC, “el modelo autonómico constitucionalmente establecido”, que exige la participación de las regiones “en la respuesta a la crisis económica”. La sentencia del Constitucional lleva fecha del pasado cinco de julio, y será comunicada hoy por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, a las comunidades autónomas en el Consejo de Política Fiscal y Financiera. Su ponente ha sido el magistrado Eugeni Gay (ya cesado tras haber expirado su mandato), y nace de un recurso presentado por la Generalitat de Cataluña contra la creación del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, el llamado segundo Plan E. Ese Fondo tuvo una dotación inicial de 5.000 millones de euros (8.000 millones el primero), y, según estimó por entonces el Gobierno de Zapatero, se crearían 200.000 empleos de carácter “duradero”. Ni se han creado esos puestos de trabajo ni la norma se ajusta al mandato constitucional.vía El TC declara inconstitucional el segundo 'Plan E' de Zapatero - elConfidencial.com. El texto de la sentencia se puede leer aquí. El fallo sin embargo, no declara la inconstitucionalidad de todo el Real-Decreto Ley que aprobó el "Plan E", si no sólamente alguno de sus artículos:
Multa al Colegio de Arquitectos de Madrid por boicotear licitaciones de proyectos de VPO
La Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto una multa por valor de 172.000 € al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid por recomendar a sus colegiados una pauta común de conducta como medida de presión para que se modificasen ciertos contenidos de los pliegos de las licitaciones para la elaboración de proyectos de viviendas de protección oficial en diversos municipios de Madrid.
...en ocasiones, el COAM se ha extralimitado de esas funciones y ha entrado a objetar e incluso a recomendar a sus colegiados una pauta común de conducta como medida de presión para que se modificasen ciertos contenidos de dichos pliegos, como son las condiciones comerciales establecidas por la Administración o las funciones a desarrollar por el profesional, cuestiones ajenas a aspectos técnicos que cada profesional debería haber podido valorar libremente. El COAM ha incurrido así en una infracción del artículo 1.1.a) de la Ley de Defensa de la Competencia consistente en recomendar a sus colegiados que no acudiesen a las licitaciones en cuestión, recomendación que ha sido a su vez empleada como una medida de fuerza para conseguir que la Administración modificase dichas condiciones, lo que constituye, en la doctrina consolidada en materia de defensa de la competencia, un boicot.vía La CNC multa al Colegio de Arquitectos de Madrid por boicotear licitaciones de proyectos de VPO.
¿Regulación de los lobbies en la Ley de Transparencia?
Santiago Cervera, diputado del PP y miembro de la Mesa del Congreso, ha elaborado un informe a favor de su regulación.
Además de con miembros del Grupo Popular, Cervera ha tratado este asunto con diputados de otras formaciones como Ramón Jáurgeui (PSOE) o Jordi Jané (CiU), entre otros. En este documento, de quince páginas y que próximamente será estudiado por la Mesa -el órgano de gobierno del Congreso-, se aboga por "considerar un modelo similar al del Parlamento Europeo" donde se obliga a los lobbies a inscribirse en un registro que es público para cualquier ciudadano. A él deben inscribirse todos aquellos grupos de presión que quieran acceder a la Eurocámara. A cambio, los lobbies se someten a un código de conducta que regula sus contactos con los eurodiputados y a declarar los intereses que representan.
Y también recoge obligaciones para los eurodiputados, que no pueden recibir regalos de más de 150 euros, están obligados a hacer públicos ingresos extra que vayan más allá de su actividad parlamentaria y pone límites a los exeurodiputados que pasen a trabajar para grupos de presión.vía El PP estudia aprovechar la Ley de Transparencia para controlar a los lobbies en el Congreso – España – Noticias, última hora, vídeos y fotos de España en lainformacion.com.
El problema que tenemos no es que exista más o menos legislación sino que se cumpla la que hay...
Antecedentes: Proyectos de Ley: modificación del Código Penal y Fraude Fiscal. El Consejo de Estado considera poco riguroso el proyecto de Ley de Transparencia.
martes, 31 de julio de 2012
Nueva normativa europea sobre sucesiones
De Noticias Jurídicas.com:
La nueva normativa simplifica considerablemente la tramitación de las sucesiones al fijar un criterio único para determinar tanto la jurisdicción como la ley aplicable en los asuntos transfronterizos: el lugar de residencia habitual del fallecido. Los ciudadanos podrán asimismo planificar por anticipado su sucesión con plena seguridad jurídica. La normativa también prevé un certificado sucesorio europeo que permitirá demostrar que las personas son herederos o administradores de una sucesión, sin más formalidades, en toda la UE. Esto supondrá una mejora notable respecto de la situación actual, en la que en algunas ocasiones los ciudadanos tienen grandes dificultades para ejercer sus derechos. El resultado será unos procedimientos más rápidos y baratos, y el ahorro de tiempo y dinero en honorarios judiciales.El texto ha sido publicado aquí.
Ayuda financiera a las Comunidades Autónomas
Publicado por el BOE el pasado 14 de julio:
El capítulo I (disposiciones generales) determina el objeto, el método de adhesión al mecanismo y el principio de temporalidad que rige el mismo. El capítulo II (condiciones financieras y fiscales) establece los requisitos de acceso al mecanismo de liquidez así como las condiciones fiscales y financieras que las Comunidades Autónomas deberán cumplir una vez se hayan adherido al mismo. Entre otras, se limita los instrumentos financieros que podrán emplear para su financiación al margen del mecanismo desarrollado en este real decreto-ley, y se exige la remisión de un plan de ajuste cuyo grado de ejecución deberá reportarse de manera periódica. Este plan de ajuste incluirá un plan de tesorería y detalle de las operaciones de deuda viva, que facilitará el seguimiento de la situación de liquidez de las Comunidades Autónomas en cada momento. Así mismo, se determinan en este capítulo las obligaciones de remisión de información de las Comunidades Autónomas, así como su seguimiento y control por parte de los diferentes órganos responsables. El capítulo III (Fondo de Liquidez Autonómico) establece que la liquidez será gestionada por un fondo sin personalidad jurídica, de cuya gestión será responsable el Instituto de Crédito Oficial. Los recursos que dicho Fondo gestionará provendrán del programa de financiación del Estado. El Fondo se dotará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado mediante un crédito extraordinario por importe de 18.000 millones de euros.
domingo, 29 de julio de 2012
Proyecto de Ley: Modificación de las Tasas Judiciales
ABC.es:
Las nuevas tasas judiciales, una de las primeras reformas anunciadas por el ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, ya han sido remitidas a las Cortes para su tramitación parlamentaria. El proyecto de ley que incrementa su cuantía fue aprobado ayer por el Consejo de Ministros. El Gobierno defiende que la recaudación se duplicará y se destinará de forma íntegra a financiar la justicia gratuita. Carlos Carnicer, presidente del Consejo General de la Abogacía (CGAE), ha expresado su «enérgico rechazo» porque, en su opinión, perjudica a los sectores de población más desfavorecidos.
sábado, 28 de julio de 2012
El Consejo de Estado considera poco riguroso el proyecto de Ley de Transparencia
La noticia en el Mundo.es. El Gobierno ha dicho que que ya ha modificado la ley de acuerdo con estas críticas, aunque la crítica parece lo suficientemente grave como para que hubieran meditado más el texto.
Antecedentes: Proyectos de Ley: modificación del Código Penal y Fraude Fiscal.
Las críticas duras afectan tanto a lo que se refiere a transparencia como al derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública como a la regulación de las prácticas de buen gobierno. En relación a la transparencia, el anteproyecto de ley "puede provocar un efecto perturbador de la seguridad jurídica y es potencialmente susceptible de generar numerosos conflictos de interpretación", apunta. En cuanto al derecho de acceso a la información pública, cuya regulación es inexistente en nuestro país y este anteproyecto intentaba cubrir este vacío, dice que "la indeterminación de los conceptos y el carácter abierto de algunos preceptos (...) pueden mermar seriamente la eficacia real del referido derecho". Por ello, el Consejo de Estado le dice al Gobierno que conviene "definir con mayor precisión los límites y excepciones a ese derecho" ya que le "hace depender en demasía del criterio subjetivo y discrecional del órgano en cada caso competente. Es decir, las excepciones al derecho de los ciudadanos de acceder a la información pública no están bien reguladas y delimitadas.Relacionados: Texto del Anteproyecto.
Antecedentes: Proyectos de Ley: modificación del Código Penal y Fraude Fiscal.
viernes, 27 de julio de 2012
Proyectos de Ley: modificación del Código Penal y Fraude Fiscal
Expansión:
El Consejo de Ministros aprobará hoy el proyecto de ley contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social y la reforma del Código Penal, que endurecerá las penas para esas conductas y para el fraude fiscal, además de la ley de transparencia, por la que se acentúan las sanciones contra los gestores públicos que malgasten.Críticas: Para mí, lo peor es que no se varía la tributación de las SICAV (Sociedades de Inversión de Capital Variable) que es ridícula. Además, me preocupa esto:
pese a las solicitudes de algunos ciudadanos y colectivos, la Casa del Rey queda fuera del margen de aplicación de la Ley de Transparencia por no ser una administración pública. Sáenz de Santamaría señaló que la normativa internacional prevé que las monarquías "no estén sujetas a este régimen".
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