sábado, 4 de agosto de 2012

La AP de Barcelona insta por tercera vez a que los mossos torturadores ingresen en prisión

Creo que a los servidores públicos, precisamente por estar "al servicio de los intereses generales", como así señala el artículo 103.1 de la Constitución de 1978, se les debe exigir un plus de respeto en el cumplimiento de la Ley. Entiendo que determinados cuerpos (especialmente policías o bomberos) están sometidos a una presión mucho más fuerte que la que pueda estar sometido otros cuerpos de la Administración y en determinados casos, aunque su actuación no pueda justificarse legalmente, al menos sí será entendible desde un punto de vista humano. Pero en este caso, los hechos fueron lo suficientemente graves como para que no estén pidiendo la suspensión provisional de la condena de prisión una y otra vez, que más parece una actuación con finalidad dilatoria que otra cosa.
La sección novena de la Audiencia de Barcelona ha resuelto desestimar, por tercera vez, la solicitud de suspensión provisional de la condena de prisión para cuatro mossos condenados por torturas y lesiones e insta a que ingresen en la cárcel.Los abogados de los Mossos presentaron el pasado 5 de julio una nueva solicitud de suspensión provisional de la condena basándose en una segunda petición de indulto presentada a finales de mayo. En el auto, de fecha 24 de julio y que desestima de nuevo la suspensión provisional de la condena, el tribunal considera que la sentencia "no puede verse por más tiempo demorada en su ejecución" porque, a su juicio, "los principios más elementales de justicia lo exigen así".Este caso de torturas ocurrió en julio de 2006, cuando cinco mossos d'esquadra detuvieron por error a un ciudadano rumano en Barcelona, le golpearon por todo el cuerpo, le amenazaron y le llegaron a meter una pistola en la boca para hacerle confesar
vía La AP de Barcelona insta por tercera vez a que los mossos torturadores ingresen en prisión.

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