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jueves, 7 de marzo de 2013

Jurisprudencia: el TS confirma la aplicación de la "doctrina Parot" al asesino de la menor Olga Sangrador

Español: Tribunal Supremo de España. Plaza de ...
Español: Tribunal Supremo de España. Plaza de la Villa de París (Madrid). Antiguo Monasterio de la Visitación de las Salesas Reales. Proyecto inicial de 1749 de Carlier y realización de Francisco Moradillo entre 1750-1758. Reforma en Tribunal en 1870. Forma conjunto con la Iglesia de las Salesas Reales (Photo credit: Wikipedia)
Legal Today:

La sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo número 155/2013, fechada el 21 de febrero de 2013, en el recurso de casación número 10352/2012 y que ha tenido como ponente al magistrado Juan Saavedra, ha confirmado la decisión de la Audiencia de Valladolid de mantener en prisión hasta -al menos- el 11 de julio del año 2025 al hombre condenado por el asesinato, rapto y violación de la menor de 9 años de edad Olga Sangrador en 1992 en Villalón de Campos (Valladolid).
Con la confirmación de la doctrina Parot aplicada en el auto de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial de Valladolid de fecha 24 de febrero de 2012, los beneficios penitenciarios del asesino se aplican del total de los más de 63 años de cárcel que se le impusieron:
  • 20 años por un delito de rapto en concurso medial con un delito de violación
  • 30 años por el delito de asesinato.
  • 13 años y 4 meses por violaciones cometidas antes del crimen.
y no a los 30 años en que se fija el límite máximo de cumplimiento efectivo.
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martes, 5 de marzo de 2013

Caso Bárcenas: la Fiscalía se inclina porque todos los casos relativos al ex-tesorero del PP vayan a la Audiencia Nacional

El MUNDO:
La Fiscalía General del Estado se inclina por que la investigación sobre los 'papeles de Bárcenas' llegue a la Audiencia Nacional ante la acumulación de denuncias sobre estos hechos en varios juzgados. Fuentes fiscales han explicado que aunque no hay una decisión tomada todavía, ni las fiscalías afectadas han emitido pronunciamiento alguno, la idea por la que se apuesta es la de que el asunto vaya a la Audiencia Nacional porque ya hay un juzgado que investiga el dinero de Bárcenas en el 'caso Gürtel'. En los últimos días se han presentado varias denuncias por la supuesta existencia de una contabilidad B en el Partido Popular que se han presentado en la Audiencia Nacional y en dos juzgados madrileños de Plaza de Castilla. De momento, la Fiscalía Anticorrupción no se ha inhibido del caso ni la Fiscalía de Madrid ha asumido la investigación del asunto, aunque ha sido emplazada por el juzgado de instrucción número 30 de Madrid para que emita un informe sobre si debe asumir la competencia en la investigación de los 'papeles de Bárcenas', han informado fuentes jurídicas.
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lunes, 4 de marzo de 2013

Caso Crucero: la Audiencia Nacional disminuye la fianza de Cabo

Europa Press:
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rebajado de 50 millones de euros a 15 millones la fianza para eludir prisión impuesta al empresario Ángel de Cabo, socio del expresidente de la CEOE Gerado Díaz Ferrán en el en el marco del 'caso Crucero', en el que se investiga el vaciamiento de su patrimonio para burlar a sus acreedores, al considerar que podría resultar "excesiva". Al considerado mano derecha de De Cabo, Iván Losada, sobre quien pesaba una fianza de 30 millones también desde el pasado 5 de diciembre, se le rebaja la fianza hasta los 10 millones de euros, han informado fuentes jurídicas. El auto dictado por la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia señala que la fianza "pudiera ser de cuantía excesiva y puede ser razonablemente fijada en cuantía significativamente menor y más accesible" cumpliendo el mismo efecto de garantía respecto de los riesgos procesales sin duda existentes.
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Montes Neiro: acusado de robo con premeditación sólo un año después de haber sido indultado

Visto aquí:
Fueron sus defensores, esos más de 40.000 seguidores que a través de correos electrónicos pidieron para él, el llamado “derecho de gracia”, quienes insistieron en que “sólo era un preso enfermo, sin delitos con sangre a sus espaldas”; permítanme que añada ese pequeño detalle, tal vez nimio, de haber cometido 24 delitos menores [evasión, desorden público, quebrantamiento de condena, falsificación de documentos, delito contra la salud pública (tenencia de hachís), robo en grado de tentativa, tenencia ilícita de armas, desacato y evasión de permiso], vamos, un poco de todo, ¡como en botica!

Parece que la cárcel le persigue. Tan solo un año después de quedar en libertad, de llevar una vida normal, se le vincula a un robo con violencia e intimidación. Se le acusa de su participación en el robo de costosísimas joyas (alrededor de quinientas piezas), cuyo valor ha sido cuantificado en 3 millones de euros (relojes, anillos, collares, pulseras, pendientes e incluso bolsos con piedras).

Las últimas detenciones sobre este suceso abarcan, desde la ejecución material del atraco, a la venta en el mercado negro de los artículos robados, y se han producido tanto por delitos de pertenencia a organización criminal, detención ilegal, robo con violencia y tenencia ilícita de armas, como por simulación del delito y receptación (que es precisamente de lo que se le acusa a Montes Neiro), porque precisamente, era él, conocido como “el profesor”, el encargado de dar salida a la mercancía (¿presuntamente?).
Si esto se prueba, constituirá otro "éxito" de la política de reinserción.

Relacionado: El control de los actos políticos, el indulto y la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de febrero de 2013.

jueves, 28 de febrero de 2013

Caso Noos: el Juez comienza el embargo de las cuentas de Urdangarín

Visto aquí:
El juez de Palma, José Castro, que investiga desde hace más de dos años el caso Urdangarin, dio el martes un paso más hacia la recta final de la instrucción. Avanzó para proceder al embargo del patrimonio de los imputados y reclamó a la Agencia Tributaria el listado de cuentas bancarias, activos financieros, depósitos y fondos de inversión del yerno del Rey y de su exsocio, Diego Torres. Ambos, imputados por supuesta corrupción, no afrontaron en el plazo marcado la fianza de responsabilidad civil de 8,1 millones de euros que se dictó sobre ellos, de manera solidaria. Los dos ex aliados en el Instituto Nóos habían aportado ya al juzgado la relación de sus propiedades inmobiliarias, susceptibles del embargo.
El Juez además ha considerado auténticos los correos aportados por Diego Torres, en los que "se sugiere que la Casa del Rey, bien a través del secretario de la infanta Cristina, Carlos García Revenga, de la propia Infanta o del Monarca, conoció, amparó y favoreció los negocios del duque de Palma."
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miércoles, 27 de febrero de 2013

Caso Sáez: la defensa del banquero recurrirá al Constitucional

El Presidente del Gobierno de España, Dº José ...
El ex-Presidente del Gobierno de España, Dº José Luis Rodríguez Zapatero. Foto tomada por Luis Jáspez (Photo credit: Wikipedia)
Algo previsible después de que se anulara el indulto aunque fuera parcialmente. Visto aquí:
La defensa del consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, recurrirá en amparo ante el Tribunal Constitucional la sentencia dictada por el Tribunal Supremo que ha concluido que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero incurrió en una "clara extralimitación" al cancelar los antecedentes penales del directivo cuando le indultó tras la condena de tres meses de arresto de inhabilitación por denuncia falsa.
   Según informaron a Europa Press en fuentes jurídicas, los abogados de Sáenz sustentarán el recurso en una posible infracción del derecho de igualdad y también del derecho a la tutela judicial efectiva.
   Como paso previo a la formalización de este recurso de amparo, que la defensa del directivo pretende presentar "de inmediato", la defensa presentará un incidente de nulidad ante el Alto Tribunal.
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Tribunal Supremo: grandes clientes de BP obligados a pagarle 3 millones de euros

Español: Tribunal Supremo de España. Plaza de ...
Español: Tribunal Supremo de España. Plaza de la Villa de París (Madrid). Antiguo Monasterio de la Visitación de las Salesas Reales. Proyecto inicial de 1749 de Carlier y realización de Francisco Moradillo entre 1750-1758. Reforma en Tribunal en 1870. Forma conjunto con la Iglesia de las Salesas Reales (Photo credit: Wikipedia)
EUROPA PRESS:

El Tribunal Supremo ha rechazado las pretensiones de un grupo de grandes clientes de BP Oil España y ratificado una sentencia anterior de un tribunal de primera instancia de Madrid, con lo que los demandantes deberán pagar a la petrolera 3 millones de euros.
   El litigio se produjo como consecuencia de un acuerdo verbal entre las partes para que unas ventas realizadas por BP a uno de los grandes clientes figurasen como realizadas a otra empresa ajena al grupo.
   Esta práctica tenía ventajas tributarias, ya que la empresa que se utilizaba para canalizar los pagos estaba considerada "depósito fiscal", explica la sentencia.
   El caso fue analizado por un tribunal de primera instancia de Madrid, que había condenado a los clientes a pagar a BP un total de 3 millones, que deben ser desembolsados especialmente por la empresa Top Oil, a la que corresponden 2,18 millones, y por Compañía Extremeña de Mercados, con 723.298 euros.
   Además de ratificar esta resolución, el Supremo constata en el procedimiento la existencia de un pacto ilícito para eludir obligaciones tributarias, por lo que informará de la sentencia a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por si ve conveniente emprender acciones de su competencia.
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martes, 26 de febrero de 2013

Caso Nóos-Urdangarín: el Juez Castro estudia imputar a Rita Barberá y a Francisco Camps

Era previsible, teniendo en cuenta los antecedentes del caso. De todas maneras, habrá que ver si al final les imputa o no y en virtud de qué delitos.
Tanto Camps como Barberá se verían involucrados en las adjudicaciones de contratos a Iñaki Urdangarin para el 'Valencia Summit' de los años 2004 al 2006, por los que el Duque de Palma se habría embolsado hasta 3,5 millones de euros.
Según informa la web últimahora, la Generalitat valenciana adquirió los derechos del evento por más de un millón de euros para tres días después adjudicárselos a Urdangarin tras una reunión que, según los correos de Diego Torres, se celebró entre el Duque y Camps.
Además, el juez Castro estudiará el presunto pago de 300.000 euros del Banco de Valencia a Iñaki Urdangarin para la intermediación del Duque en la adjuducación a la empresa Aguas de Valencia de las contratas del Gran Premio de Fórmula 1 de la ciudad.
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lunes, 25 de febrero de 2013

Defensa propia: el joyero que disparó contra sus atracadores, en libertad con cargos

Guillermo Cuadrado Torres, el joyero de la calle de Ayala de 54 años que el sábado disparó sobre dos atracadores, ha quedado en libertad con cargos. Al parecer, se le acusa de dos delitos de lesiones.
El empresario ha declarado durante una hora ante la titular del juzgado de Instrucción número 8 de Madrid; luego, por el mismo tiempo, lo ha hecho su hija, en calidad de testigo.

viernes, 22 de febrero de 2013

Jurisprudencia: Procede la renovación de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario aunque el solicitante haya sido condenado por robo con violencia

Se considera que dicha condena no constituye un peligro grave y actual para el orden público | Otrosí:

"El TSJ (de Castilla y León) declara que no se dan los requisitos para aplicar el citado precepto que prevé la posibilidad de denegar la expedición o renovación de las tarjetas de residencia si existen motivos graves de orden público o seguridad pública, toda vez que el interesado, por el hecho de haber sido condenado mediante sentencia de conformidad por un delito de robo con violencia -con pena suspendida durante dos años-, no constituye un peligro grave y actual para el orden público en el sentido fijado por la jurisprudencia sentada en la materia, que entiende que ese peligro se desprende de una conducta continua o de un "modus vivendi" al margen de la legalidad, ausente a todas luces en el caso examinado."

Audiencia Nacional: la fianza para los directivos de Caixa Penedés se fija en 13,5 millones de euros por el "pensionazo"

Visto aquí:
La antigua cúpula de Caixa Penedès ya está imputada por el pensionazo. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha admitido a trámite este viernes la querella presentada por la Fiscalía Anticorrupción. Acusa al ex presidente de la entidad, Ricard Pagès Font; a su mano derecha, Santiago José Abella; al ex director general, Manuel Troyano; y a su predecesor en el cargo, Juan Caellas, de delitos societarios y de apropiación indebida por adjudicarse planes de pensiones millonarios.

Los dos últimos no llegaron a cobrar el pensionazo, por lo que se han librado de la fianza millonaria que ha reclamado Pedraz. Pagès y Abella, que sí recibieron la póliza tienen 24 horas para pagar 13,5 millones de euros que servirán para hacer frente a las responsabilidades civiles que puedan derivar de su condena. La del ex presidente asciende a 11,6 millones y la de quien era su hombre de confianza, ya jubilado, a 1,9 millones de euros.

jueves, 21 de febrero de 2013

Jurisprudencia; El TS eleva un año y tres meses la pena a Carcaño y le condena a pagar los gastos de la búsqueda de Marta del Castillo

El TS eleva un año y tres meses la pena a Carcaño y le condena a pagar los gastos de la búsqueda de Marta del Castillo | Otrosí:
 "El Tribunal Supremo (TS) ha decidido elevar un año y tres meses la condena al asesino confeso de la joven sevillana Marta del Castillo, Miguel Carcaño, por un delito contra la integridad moral a cuenta del sufrimiento provocado a los padres de la víctima con sus constantes cambios de versión sobre el paradero del cuerpo, que a día de hoy sigue sin conocerse.

En una sentencia de 151 páginas, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal condena asimismo al asesino confeso, y en concepto de costas, a pagar el dinero que costó la búsqueda del cuerpo en el río Guadalquivir y en el vertedero de Alcalá de Guadaíra, eximiéndole de abonar los gastos por la búsqueda en la zanja de Camas, pues éstos últimos "tienen su origen exclusivo en la versión dada" por la entonces novia de Carcaño. El gasto total de la búsqueda se estima en 616.319,27 euros."

Se declarará insolvente y no pagará ni los céntimos.

sábado, 16 de febrero de 2013

Jurisprudencia: El Supremo considera que la IP no es prueba suficiente para imputar un delito a su titular

Visto en Diario Jurídico.com:
El Tribunal Supremo ha anulado la condena a dos personas que habían sido acusados por un delito de estafa informática al considerar que la mera adjudicación de una dirección IP no acredita ser el autor del acto telemático que la utiliza. El alto tribunal así lo considera en una sentencia dictada por la Sala Penal el pasado 3 de diciembre y hecha pública recientemente.
(...) el Supremo considera que a pesar de que la imputación del hecho parte de premisas correctas y mantiene coherencia lógica, no puede tenerse por veraz dado que es “compatible con alternativas razonables”. Por ello, el juez considera que la imputación no resulta justificada y que la decisión de condena vulnera la garantía constitucional de presunción de inocencia del recurrente.

viernes, 15 de febrero de 2013

Jurisprudencia: condenado Txapote a 24 años por el intento de asesinato de Ramón Rabanera

20minutos.es:
Según los hechos probados de la sentencia que suscriben Javier Martínez-Lazaro, Manuela Fernandez Prado y el presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande-Marlaska, que ha sido además el ponente, García Gaztelu, "en su calidad de responsable militar máximo" de la banda, ordenó desde Francia la realización de este atentado a los miembros del "comando Iturren" Diego Urgarte, Asier Carrera y Luis Mariñelarena.
Les dio a todos ellos instrucciones de estudiar las costumbres e "intensificar" la información sobre Rabanera con la finalidad de realizar un atentado que acabara con su vida. Otros miembros de la organización, también por mediación de 'Txapote', les proporcionaron un Renault 19 robado cuyo maletero cargaron con explosivos para hacerlo estallar al paso del coche oficial del diputado general.
En una fecha no determinada, según la sentencia, pero comprendida entre el 14 de abril y principios de mayo de 2000, se averió el circuito electrónico del coche bomba, por lo que los terroristas sacaron el material explosivo de su interior y lo trasladaron a un piso que les servía de base de operaciones en Vitoria. El vehículo fue recuperado por la policía el 10 de noviembre de 2000, y en su interior se encontraron restos de sustancia explosiva.
En el registro del piso de Vitoria, realizado en junio de ese año, se encontró material explosivo, tres pistolas, un subfusil, munición y diversos portafolios con informaciones relativas a matrículas de vehículos de miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y políticos.

jueves, 14 de febrero de 2013

Maltrato doméstico: el fiscal pide rebaja de la condena en muerte por 30 puñaladas

>La responsabilidad penal de las personas jurídicasDe 20minutos:
La fiscal ha explicado que, de acuerdo con las pruebas periciales, el acusado "dirigió sus cuchilladas a órganos vitales, con intención de causar la muerte" de la víctima, pero ello no constataría que tuviese también el propósito de "hacerla sufrir de un modo innecesario y desproporcionado".
Por su parte, los médicos forenses que practicaron la autopsia a la víctima han especificado que las heridas que ésta presentaba habían sido infligidas con "un arma blanca de manera sucesiva y muy próximas en el tiempo".

El indulto a Alfredo Sáenz, anulado parcialmente

Visto en Expansión.com:
El Tribunal Supremo ha cancelado parcialmente el indulto que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero concedió al número dos del grupo Santander. El Supremo ha concluido que no puede ser objeto de indulto la aplicación de la normativa bancaria que prohíbe ejercer de responsable de un banco a alguien con antecedentes penales por delito doloso. La clave está en que la ley de indulto permite conmutar penas, pero no sus consecuencias en el ámbito administrativo.

¿Se puede regular la actividad de los drones de combate?

No sólo se puede, sino que además se debería.
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Hace poco se ha sabido que la Casa Blanca había redactado un informe en el que se preveía la utilización de robots ("drones") de ataque incluso para matar a ciudadanos americanos que sean "cómplices" con el enemigo. John Brennan, nombrado jefe de la CIA por Obama, también lo defendió durante su intervención ante el comité del Senado, aunque los calificó como de "último recurso". El problema es que se rumorea que se han usado ya incluso dentro de suelo americano (de donde he tomado la caricatura anterior).
He leído poco sobre esta cuestión en español y de lo más pertinente es esto:
Es sobresaliente que todas las operaciones tienen el asesoramiento de un abogado. Este habrá de firmar el informe en el que se enumeran las razones por las que el objetivo puede ser ejecutado. El Derecho exculpatorio. Los abogados exculpatorios. Mientras tanto ¿quién decide quién debe morir y por qué?
Pregunta muy pertinente, porque, si bien si existe ese "control" previo legal, no existe control judicial, algo realmente preocupante, si se ha sustituido porque se considera más laxo el nuevo o que se va a obtener con más facilidad. En determinados casos, estará muy claro, pero ¿y en los que no lo esté?

sábado, 9 de febrero de 2013

La importancia de la division de poderes: caso Sánchez Gordillo

Otro dato que debe hacernos meditar sobre por qué es necesario reformar este Estado:
El magistrado que archivó esta semana la denuncia contra el alcalde de Marinaleda y diputado de Izquierda Unida, Juan Manuel Sánchez Gordillo, llegó al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a propuesta del PSOE, que gobierna esta comunidad en coalición con la federación de izquierdas. La Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial establece en su artículo 330 que “en la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, una de cada tres plazas se cubrirá con un jurista de reconocido prestigio” a propuesta del Parlamento de cada comunidad autónoma. En virtud de esa norma, el Partido Socialista impulsó en 2001 hasta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a Miguel Pasquau Liaño, hasta entonces profesor titular de Derecho Civil de la Universidad de Granada.
La procedencia del magistrado ha adquirido relevancia tras el sobreseimiento libre de la denuncia contra Sánchez Gordillo, que ha causado un enorme revuelo en el seno de la Justicia andaluza. El estupor generado se produce a consecuencia de las inexplicables conclusiones a las que llega Pasquau Liaño sobre los hechos probados que el mismo admite en su auto exculpatorio.

Y ello a pesar de que un vídeo muestra las coacciones de este político:
"Yo te voy a hablar claro", le espeta el alcalde de Marinaleda, visiblemente irritado después de que el responsable del establecimiento se negara a estrecharle la mano comprometiéndose a cerrar. "Si ustedes no nos hacéis caso y ahora cerráis y dentro de media hora tenemos que venir otra vez, mañana, pasado, el otro... podemos venir 500 y hacer lo que pensamos hacer. Y es que tiramos todo lo que hay ahí... No nos llevamos nada, pero te tiramos todo al suelo y vas a tener que poner a trabajar durante veinte días a la gente", le advierte.

Ahora, comparen esto con esta otra sentencia, en el que un empleado de una empresa de cobro de morosos fue condenado por coacciones.

Antecedentes: La náusea cotidiana, capítulo ene @ Noatodo.

viernes, 8 de febrero de 2013

Caso Urdangarín: recurso contra el auto que impuso la fianza

El abogado de Urdangarín ha presentado un recurso contra el auto del juez por el que se imponía el pago de una fianza solidaria de 8,1 millones, estando obligados al pago el ex-jugador de balonmano y su socio Diego Torres. Hasta ahí, todo normal, es más, la interposición de recursos es un derecho que tiene reconocido por ley. Ahora bien, lo interesante es ver el razonamiento en el que basa la interposición del recurso:
Iñaki Urdangarin ha recurrido la fianza de responsabilidad civil de casi 8,2 millones de euros argumentado que se vería abocado a un "injusto empobrecimiento" y se produciría un "enriquecimiento injusto" para los beneficiarios de la anterior cantidad. (...) Pero además insiste el letrado del duque de Palma, como ya hizo en anteriores fases del proceso, en que su cliente está sufriendo indefensión en esta investigación. Critica al juez que ha hecho una selección "parcial, sesgada y fuera de plazo" de determinados documentos del sumario, "cuya elección o rechazo de otros también ha sido subjetiva", en especial referencia a las declaraciones de los testigos y o imputados.
No creo que sea necesario comentarlo.

Jurisprudencia: El Supremo ve lícito grabar un encuentro sexual en prisión en una causa penal

El Tribunal Supremo (TS) cree lícito que un juez autorice a grabar un encuentro sexual en prisión entre un imputado y su pareja dentro de una investigación penal, aunque tal posibilidad no esté prevista en las leyes españolas "debido a la defectuosa e incompleta regulación vigente".
El Supremo se expresa en estos términos en un auto por el que decreta el archivo de la querella presentada por un imputado en el sumario de presunta corrupción política conocido como 'caso Las Teresitas' contra su instructora, la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) Carla Bellini, y contra la teniente fiscal jefe de Tenerife, María Farnés.
La magistrada Bellini autorizó a la Policía Judicial a grabar el "vis a vis" que Felipe Manuel Armas Jerónimo iba a mantener el 7 de octubre de 2007 en la cárcel Tenerife 2 con su pareja, una interna de ese centro que nada tiene que ver con esa presunta trama de corrupción política, cohecho y malversación de fondos públicos.
Sus motivos, tal como recoge el Supremo en los hechos probados del auto, eran que la Policía tenía sospechas fundadas, por sus escuchas telefónicas anteriores a Armas Jerónimo, de que éste podía sincerarse con su pareja en ese encuentro íntimo y revelarle hechos relevantes para la investigación.
vía El Supremo ve lícito grabar un encuentro sexual en prisión en una causa penal | España | elmundo.es.

Esta resolución, si bien estoy de acuerdo con ella, plantea un problema: ¿por qué si se admiten aquí las escuchas y no se admitieron las que se hicieron en la trama Gürtel? Recordemos que Garzón fue procesado y condenado por prevaricación por esta razón. Dos cuestiones: a) no tengo mucho aprecio a Garzón porque, como instructor, era bastante chapucero. b) los razonamientos "y tú más" o "los de un lado buenos, los del otro malos", sobran...