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lunes, 12 de agosto de 2013

Unión Europea: la cirugía estética está exenta de IVA

Aesthetic Plastic Surgery
Aesthetic Plastic Surgery (Photo credit: Wikipedia)
Expansión:
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado que las operaciones de cirugía estética y tratamientos estéticos estarán exentas de IVA si suponen una asistencia sanitaria con finalidad terapéutica. 
En una sentencia, el Tribunal de Luxemburgo ha fallado a favor de una compañía sueca a la que la Hacienda nórdica negó el derecho a devolución y a la deducción del impuesto soportado. 
Esta aplicación de la Directiva que exige el fallo tiene importantes consecuencias para España, dado que la Hacienda española, en concreto la Dirección General de Tributos, suele negar cualquier posible exención de IVA en la cirugía estética, con lo que estas operaciones podrán ahora ser consideradas exentas y ahorrarse el 21% de IVA. (...) 
El TJUE dictamina que las operaciones de cirugía estética y tratamientos estéticos estarán comprendidas dentro de los conceptos de asistencia sanitaria o asistencia a personas físicas de cara a aplicar la exención, a condición de que las mismas tengan una finalidad terapéutica, esto es, que tengan por objeto diagnosticar, tratar o curar enfermedades o problemas de salud. 
Además, la sentencia aclara que para determinar si una prestación de estas características tiene tal finalidad no cabe únicamente una valoración subjetiva de la persona que se somete a ella, y añade que, circunstancias tales como que las mismas se realicen por personal médico habilitado o que la finalidad de las mismas sea establecida por tales profesionales, pueden influir a la hora de realizar tal determinación. Para ello, el TJUE se remite al artículo 132, apartado 1, letras b) y c), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del IVA. 
Este artículo establece que las operaciones de cirugía estética y tratamientos estéticos están comprendidas en los conceptos de asistencia sanitaria o asistencia a personas físicas cuando dichas prestaciones “tienen por finalidad diagnosticar, tratar o curar enfermedades o problemas de salud, o proteger, mantener o restablecer la salud de las personas; –las meras valoraciones subjetivas sobre la intervención estética de la persona que se somete a ella no son, por sí mismas, determinantes a la hora de apreciar si dicha intervención tiene una finalidad terapéutica–”. 
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jueves, 7 de marzo de 2013

Unión Europea: Correos, bajo sospecha

English: View of Correos (Spain's national pos...
Español: Vista de la sede central de Correos, en el Campo de las Naciones de Madrid (España). (Foto: Wikipedia)
Economía Digital:
El Gobierno europeo tiene fundadas sospechas de que el Grupo Correos juega con ventaja en el mercado de las comunicaciones. De hecho, aunque no ha obtenido todavía respuesta, ha reclamado al organismo regulador Comisión Nacional del Servicio Postal la contabilidad analítica de la empresa pública para establecer si existe juego limpio en términos de competencia o si por el contrario está desviando una parte de los fondos que recibe del Estado para promover actividades ya liberalizadas y ejercer políticas de dumping, según ha podido saber este medio. La petición de la dirección general de Mercado Interior de la Comisión Europea persigue conocer la estructura de ingresos y gastos de los negocios del grupo en los ámbitos de comercio electrónico, la paquetería y el suministro de las grandes corporaciones, que no forman parte del servicio postal universal que Correos mantiene todavía en régimen de monopolio.
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martes, 5 de marzo de 2013

Unión Europea: se limitarán los bonos a los banqueros

Deutsch: MEP Othmar Karas
Othmar Karas (Photo credit: Wikipedia)

El Mundo:

l jefe de la delegación negociadora del Parlamento Europeo, Othmar Karas, saludó el acuerdo: "Por primera vez en la historia de la reglamentación de los mercados financieros en la UE vamos a limitar los bonos a los banqueros".
En el futuro, esas remuneraciones extraordinarias no deberán superar los salarios reales de los banqueros, destacó Karas.
Sin embargo, el eurodiputado matizó que bajo determinadas condiciones, los accionistas podrán aprobar por mayoría en una asamblea general remuneraciones que dupliquen el salario base.
El diputado socialdemócrata alemán Udo Bullmann valoró el resultado de las negociaciones como una "revolución en el mercado financiero", donde no es excepcional el pago de bonos diez veces más altos que el salario.
Las nuevas normas para el pago de bonos forman parte de las regulaciones más severas para el sector financiero (Basilea III) acordadas a nivel internacional para impedir en el futuro que los bancos atraviesen situaciones críticas.
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miércoles, 27 de febrero de 2013

Caso "carne congelada": ¿Tiramos a la basura la carne de caballo?

Don't Worry - Be Happy
Don't Worry - Be Happy (Photo credit: Trev Grant)
¿Tiramos a la basura la carne de caballo? | Sociedad | EL PAÍS:
"En los almacenes de la empresa de productos cárnicos Emcesa, proveedora de los supermercados AhorraMas, reposan unos 10.000 kilos de hamburguesas de vacuno de la marca Alipende. La cadena de distribución decidió retirarlas de sus estantes para devolverlas a la suministradora el pasado 29 de enero, después de que un informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) alertara de la presencia de ADN de caballo sin etiquetar en muestras aleatorias de este producto. El gerente de Emcesa, Tomás García, confiesa que no sabe qué hacer con ellas. “Son perfectamente aptas para el consumo y solo algunas pueden contener pequeñas trazas de equino, algo que nosotros desconocíamos cuando las etiquetamos. Como nos parecía una pena tirarlas, decidimos congelarlas y preguntar a las autoridades de consumo si podíamos al menos donarlas. Aún no nos han contestado”, lamenta."
Anteriores posts:
  1. Caso carne congelada: Nestlé retira del mercado español los tortellini y raviolis de carne «Buitoni» tras encontrar ADN de caballo. 
  2. Caso "carne congelada": La UE exigirá exámenes de ADN .
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martes, 26 de febrero de 2013

Jurisprudencia comunitaria: el derecho al olvido en Internet

Image representing Google as depicted in Crunc...
Image via CrunchBase
Visto aquí:
Todo comenzó en España, a raíz de la publicación de un anuncio de la subasta de un inmueble publicado en el periódico La Vanguardia. El anuncio fue escaneado y subido a Internet, y desde entonces es rastreable por buscadores como el de Google. El titular del inmueble, cuyo nombre figuraba en el anuncio, y en su nombre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) exigen a Google que elimine de su buscador el link que permite a cualquier internauta ver ese contenido.
De cumplir con las exigencias de Protección de Datos, el anuncio seguiría existiendo en la Red, pero sería mucho más difícil de encontrar. El gigante online recurrió el caso ante la Audiencia Nacional que, a su vez, pidió ayuda al Tribunal de Justicia de Luxembrugo. De eso hace ya un año.
Hoy se celebra una vista en la que las partes involucradas presentarán sus alegatos. Más adelante, Luxemburgo emitirá un dictamen no vinculante, pero que en cualquier caso tendrá un importante efecto sobre otros casos similares pendientes. Sólo en la Audiencia Nacional hay unos 180 casos de derecho al olvido.
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lunes, 25 de febrero de 2013

Caso carne congelada: Nestlé retira del mercado español los tortellini y raviolis de carne «Buitoni» tras encontrar ADN de caballo

Nestlé
Nestlé (Photo credit: Wikipedia)
Más ramificaciones del caso explicado aquí: Nestlé retira del mercado español los tortellini y raviolis de carne «Buitoni» tras encontrar ADN de caballo - ABC.es:
"El grupo alimentario suizo Nestlé ha comunicado la retirada de los productos refrigerados tortellini y raviolis de carne de la marca «Buitoni», a la venta en España e Italia, así como de la lasaña a la boloñesa «Gourmand», producida en Francia y dirigida a la hostelería, tras encontrar trazas de ADN de caballo en niveles superiores al umbral del 1%.

«Nuestras pruebas han encontrado trazas de DNA de caballo en dos productos» por encima del uno por ciento que la Agencia de Seguridad Alimentaria británica considera un indicador de «adulteración o grave negligencia», se indica en la nota.

«Este hecho no supone ningún riesgo para la salud de nuestros consumidores, pero el error en el etiquetado hace que los productos no cumplan con lo que los consumidores esperan de nosotros», indicó la multinacional."
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lunes, 18 de febrero de 2013

Merkel insiste en regular los mercados e implantar una tasa a las transacciones

Angela Merkel, the Chancellor of Germany
Angela Merkel, the Chancellor of Germany (Photo credit: Wikipedia)
La canciller alemana, Angela Merkel, insistió hoy en su compromiso con una mayor regularización de los mercados y la implantación de una tasa a las transacciones financieras y recordó que ésta es la postura de Berlín ante la reunión ministerial del G20 en Moscú. El objetivo prioritario, tanto en la reunión ministerial de este sábado, en la capital rusa, como en la próxima cumbre del G20, en septiembre, es avanzar en esa dirección, así como la implantación de dicha tasa a las transacciones financieras.

sábado, 16 de febrero de 2013

España adapta su legislación para poder intercambiar resoluciones judiciales con Europa

Silueta de la Unión Europea
Silueta de la Unión Europea (Photo credit: Wikipedia)
Visto en El Derecho.com:
El primer anteproyecto aprobado hoy permitirá que las autoridades de los distintos Estados intercambien información en materia de antecedentes penales. En España el Registro Central de Penados será la autoridad competente para enviar y recibir la información sobre antecedentes penales, a través del Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
El segundo anteproyecto de ley aprobado es el de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, y va unido al que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para fijar qué juzgados deben encargarse de este reconocimiento (Juzgados de lo Penal, de Vigilancia Penitenciaria y los Centrales de Instrucción). Ambos textos legales representan la unificación en el Derecho español de las distintas normas que ha venido dictando la Unión Europea desde 2002, cuando se estableció la orden europea de detención y entrega.

viernes, 15 de febrero de 2013

Caso "carne congelada": La UE exigirá exámenes de ADN

EPP LEADERS MEET IN DUBLIN 14 April 2008 - Ton...
EPP LEADERS MEET IN DUBLIN 14 April 2008 - Tonio Borg (Photo credit: Wikipedia)

Varias marcas de carne congelada han tenido que retirar en varios países europeos (incluyendo Francia, Alemania, Reino Unido o Rumanía) sus productos porque, a pesar de haber sido anunciadas como hechas "con carne de vacuno", realmente estaban hechas con carne de caballo. El escándalo aumenta en importancia al descubrirse que esta última tiene normalmente restos de un producto antiinflamatorio y analgésico que hace que la carne de caballo no pueda ser consumida, porque el producto tiene bastantes restricciones: hay personas que lo tienen prohibido (por ejemplo, por las embarazadas) y otras que no pueden consumirlo más que en muy pequeñas dosis y con control médico (por ejemplo, por los anémicos). Así, su uso como analgésico en caballos está muy extendido, pero se considera dañino para las personas:
the number of carcasses whose meat may have entered the food chain appeared to be in dispute, with Britain's Food Standards Agency (FSA) saying six horses slaughtered in the country were exported to France and may have entered the food chain. It said it was working with French authorities to trace the carcasses.
Phenylbutazone is a painkiller and anti-inflammatory drug commonly used on horses but it is generally considered to be harmful if eaten by humans. However, England's chief medical officer, Sally Davies said it was occasionally prescribed to patients suffering from severe arthritis. She also played down the danger of people becoming ill in the current case.
LeFigaro informa sobre las consecuencias desde el punto de vista europeo, que pueden acabar incluyendo también un nuevo etiquetado (aunque desde Bruselas ya se ha dicho que no tiene que ver con esto) y una investigación de Europol:

miércoles, 8 de agosto de 2012

Protección de datos: el Gobierno británico quiere que su regulación se haga mediante Directiva para "incrementar la flexibilidad"

La Unión Europea quiere modificar la actual regulación de protección de datos, impidiendo las particularidades que hoy subsisten en las distintas legislaciones de los países comunitarios. Ahora bien, se discute si se debería regular mediante directiva (que necesita transposición y, por tanto, intervención de las autoridades de los países miembros para adaptar la regulación a sus especiales circunstancias) o reglamento (de aplicación directa y, por tanto, no precisa de intervención por parte de las autoridades comunitarias). El Reino Unido no quiere un reglamento porque no tendría en cuenta "debidamente la tradición y la práctica nacionales".
Changes to the EU data protection regime should come in the form of a new Directive rather than in the form of a Regulation in order to enable that flexibility, it said. "We are of the view that the proposed general Regulation should be a Directive in order to provide greater member state flexibility to implement the measures – a Regulation would allow the EU to prescribe rules without necessarily giving due regard to national tradition and practice," the UK said, according to a leaked file (170-page / 606KB PDF) from the Council of Ministers published by civil liberties group Statewatch. Currently EU member states have slightly different data protection laws from one another. This is as a consequence of the way those countries have implemented the 1995 Data Protection Directive into national laws. The wording of EU Directives does not have to be precisely copied into national laws. The Commission has described the current data protection regime in the EU as fragmented and outdated and has pressed for reforms that bring the rules up-to-date with advancements in technology.
vía UK submits concerns over proposed data protection reforms.

lunes, 6 de agosto de 2012

Crítica al Reglamento europeo de Sucesiones Transfronterizas

El otro día vimos cuáles eran las ventajas del nuevo Reglamento. Hoy, transcribo aquí dos párrafos muy elocuentes de Ius Civile, el blog sobre Derecho civil de Lex Nova, en el que se enumeran algunas críticas importantes e interesantes del mismo:
la complejidad de sus disposiciones provoca inseguridad y hace dudar de la calidad y perfección de las soluciones adoptadas. De hecho, durante el proceso de elaboración del Reglamento, ya se apuntó que la excesiva ambición en las cuestiones abordadas (basta leer su extenso título) podía dañar el equilibrio y la armonía de la regulación en una materia tan compleja, particularmente afectada por la diversidad jurídica, pues son muy distintas las concepciones que cada ordenamiento tiene de la persona, de la propiedad y de las relaciones familiares. Una diversidad que se pone especialmente de manifiesto en relación con el Reino Unido e Irlanda, Estados que, sin embargo, no participan en la adopción del presente Reglamento (cfr. Considerando 82), lo cual tiene una significativa repercusión para España, dado el importante número de nacionales de estos Estados que residen y son propietarios de bienes en nuestro país.

martes, 31 de julio de 2012

Nueva normativa europea sobre sucesiones

De Noticias Jurídicas.com:
La nueva normativa simplifica considerablemente la tramitación de las sucesiones al fijar un criterio único para determinar tanto la jurisdicción como la ley aplicable en los asuntos transfronterizos: el lugar de residencia habitual del fallecido. Los ciudadanos podrán asimismo planificar por anticipado su sucesión con plena seguridad jurídica. La normativa también prevé un certificado sucesorio europeo que permitirá demostrar que las personas son herederos o administradores de una sucesión, sin más formalidades, en toda la UE. Esto supondrá una mejora notable respecto de la situación actual, en la que en algunas ocasiones los ciudadanos tienen grandes dificultades para ejercer sus derechos. El resultado será unos procedimientos más rápidos y baratos, y el ahorro de tiempo y dinero en honorarios judiciales.
El texto ha sido publicado aquí.

miércoles, 27 de julio de 2011

España ratifica el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión Europea

Así lo publicó el BOE ayer. A destacar su artículo 3 que establece las normas fundamentales del mismo:
Artículo 3. 1. Las Partes Contratantes aplicarán, además de sus obligaciones en virtud del Derecho de la Unión Europea y sin perjuicio de ellas, las normas establecidas en el presente apartado:

a) la situación presupuestaria de las administraciones públicas de cada Parte Contratante será de equilibrio o de superávit;

b) la norma establecida en la letra a) se considerará respetada si el saldo estructural anual de las administraciones públicas alcanza el objetivo nacional específico a medio plazo, definido en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento revisado, con un límite inferior de déficit estructural del 0,5 % del producto interior bruto a precios de mercado. Las Partes Contratantes garantizarán la rápida convergencia hacia su respectivo objetivo a medio plazo. El calendario para lograr dicha convergencia lo propondrá la Comisión Europea tomando en consideración los riesgos específicos para la sostenibilidad de cada país. Los avances hacia el objetivo a medio plazo y su observancia serán objeto de una evaluación global que tome como referencia el saldo estructural e incluya un análisis del gasto excluidas las medidas discrecionales relativas a los ingresos, en consonancia con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento revisado;

c) las Partes Contratantes podrán desviarse temporalmente de su objetivo a medio plazo respectivo o de la senda de ajuste hacia dicho objetivo únicamente en las circunstancias excepcionales definidas en el apartado 3, letra b);

d) cuando la proporción entre la deuda pública y el producto interior bruto a precios de mercado esté muy por debajo del 60 % y los riesgos para la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas sean bajos, el límite inferior del objetivo a medio plazo especificado en la letra b) podrá alcanzar un déficit estructural máximo del 1 % del producto interior bruto a precios de mercado;

e) en el caso de que se observen desviaciones significativas del objetivo a medio plazo o de la senda de ajuste hacia dicho objetivo, se activará automáticamente un mecanismo corrector. Este mecanismo incluirá la obligación de la Parte Contratante de que se trate de aplicar medidas para corregir las desviaciones en un plazo de tiempo determinado.
El presente artículo ha de ser forzosamente comparado con la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, del pasado abril, en especial los artículos 3 y siguientes que se refieren a los principios fundamentales de la materia.

lunes, 4 de julio de 2011

El nuevo Reglamento de Extranjería

Procedencia de la inmigración española en el 2007
Las principales novedades podéis leerlas aquí. Era necesaria su aprobación tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España de 2000, por Ley de 11 de diciembre de 2009, además de para incluir el Derecho Comunitario a este respecto y la experiencia de las oficinas de extranjería. Se refuerzan así los principios de la política migratoria, ya reconocidos por la Ley mencionada:
  • la ordenación de los flujos migratorios laborales de acuerdo con la situación nacional de empleo,
  • la integración social de las personas inmigrantes,
  • la lucha contra la inmigración irregular y
  • las relaciones con terceros países en materia de inmigración.
Entró en vigor el día de 30 de junio.
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viernes, 1 de julio de 2011

La UE aprueba la patente única europea, que no incluirá el español

Silueta de la Unión Europea
Muy mala noticia, no sólo por la pérdida de competitividad que esto puede suponer si no por la pérdida de influencia de España en el contexto de la Unión Europea:
"El Consejo de Ministros de Competitividad de la Unión Europea (UE) aprobó ayer, con el voto en contra de España e Italia, los reglamentos para el establecimiento de una patente común europea, basada en tres lenguas (inglés, francés y alemán) y que permitirá reducir drásticamente los costes de registro de las invenciones. La decisión debe ser ratificada ahora por el Parlamento Europeo.

España e Italia se oponen al proyecto, porque margina a sus respectivas lenguas nacionales, y han presentado un recurso contra el proyecto ante el Tribunal de Justicia de la UE por considerar que vulnera el derecho comunitario.

Para superar el veto español e italiano, el nuevo sistema de patente europea no abarcará el conjunto de la UE, sino los 25 países que han decidido adherirse al mismo. No obstante, las empresas españolas podrán beneficiarse del mismo y de sus ventajas económicas." ...Para J. Isern Patentes y Marcas “no hay que olvidar que hay una clarísima relación entre la competitividad de un país y la capacidad que tienen sus estructuras productivas de acceder y analizar de modo ágil y eficaz la información tecnología”.
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martes, 28 de junio de 2011

Aprobada la Ley de Crédito al Consumo

El objetivo principal de la nueva Ley es la armonización con Europa.

Así se define como crédito al consumo, el contrato por el que "un prestamista concede o se compromete a conceder a un consumidor un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación" (A. 1).

Determinados contratos se encuentran excluidos (por ejemplo, los garantizados con hipoteca inmobiliaria), según su artículo 3.

El contenido de la Ley es imperativo (artículo 5), de modo que la renuncia a los derechos que la Ley establece a su favor será nula (salvo por supuesto, que no ejerciten la correspondiente acción de nulidad). Se entiende que esta es una forma de proteger al consumidor, exactamente igual que también lo es la obligación por parte del prestamista de dar al consumidor toda la información relativa a las condiciones del crédito (artículos 8 y siguientes).

Se regula el acceso a los ficheros de solvencia patrimonial.

El contrato deberá estar por escrito, con letra legible y deberá incluir las menciones obligatorias mínimas que la Ley señala (artículos 16 y siguientes).

La Ley también regula la figura de los llamados "intermediarios del crédito" y el régimen sancionador y de impugnaciones, incluyendo la reclamación extrajudicial.

Además, esta Ley será de aplicación a la venta a plazos de bienes muebles, en cuanto este tipo de ventas reúnan los requisitos establecidos en la Ley (Disposición Final Segunda, que modifica la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles de 13 de julio de 1988).

Texto completo de la Ley en el BOE.

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jueves, 21 de octubre de 2010

La Unión Europea considera ilegal el canon digital

El Tribunal de la UE declara ilegal el canon digital aplicado en España | Telemadrid

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha declarado hoy que el canon que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital como compensación a los creadores por la copia privada no está en línea con la legislación comunitaria. "La aplicación del 'canon por copia privada' a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión", señaló la Corte, con sede en Luxemburgo, en su sentencia de hoy.

...Consideró que los países pueden establecer un "canon por copia privada" que grave a las personas que disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital. En cambio, declaró que el canon sólo es compatible con ese "justo equilibrio" si dichos equipos y soportes se emplean para realizar copias privadas, de forma que puedan causar un perjuicio a los autores de obras protegidas.

En ese sentido, indicó que "la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la directiva".Por otra parte, afirmó que una vez que los equipos en cuestión están en manos de "personas físicas" para fines privados, "no es necesario verificar en modo alguno que éstas hayan realizado efectivamente copias privadas ni que, por lo tanto, hayan causado efectivamente un perjuicio a los autores de obras protegidas".

En ese sentido, consideró que la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias "basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados".

Señaló que corresponde al juez nacional apreciar si el sistema español del "canon por copia privada" es compatible con la directiva.

El canon digital vulnera el principio de inocencia porque presupone que todo el mundo que compra un dispositivo de almacenamiento digital lo hace para infringir los derechos de autor. Además, priva al canon de su principal razón de ser: la remuneratoria, al no haber nada que remunerar si no se ha hecho uso de los objetos sobre los que existe el derecho de autor. Algo tan simple como eso debería haber sido visto antes por los partidos políticos.

La Ministra Sinde ya ha dicho que el Gobierno va a estudiar la resolución. Veremos qué modificación legal introducen y las consecuencias que esto supone para la SGAE, principalmente.

miércoles, 13 de octubre de 2010

La Unión Europea publicará un "green paper" sobre cómo mejorar la actuación de los auditores

Financial Times publica un artículo que titula "Auditores bajo el escrutinio de la UE", en el que señala que la Unión Europea incluirá en el informe diversas mejoras en su tarea de examen de las Cuentas Anuales y los procesos de supervisión de su tarea.También se discutirá si hay suficiente competencia entre las auditoras, especialmente en el caso de las de grandes dimensiones. Así, se han propuesto "rotaciones de negocios entre auditores" o "más uso de las auditorías conjuntas".

A la crisis, por la que los auditores han sido seriamente criticados, el sector tiene un problema anterior a ella y es el temor de que, igual que desapareció Arthur Andersen, desaparezca otra de las cuatro grandes (Deloitte, PwC, Ernst and Young and KPMG), produciendo graves problemas al mercado internacional.

También, se ha propuesto la de un mayor control y supervisión por parte de la Unión Europea.

Comentario: la crisis económica no ha tenido un solo factor, si no que estos han sido variados. El problema no se soluciona con más control burocrático de una entidad tan poco transparente como la Unión Europea. Las cuatro grandes empresas que dominan este mercado lo son por varias razones (largo período de desarrollo, proyección internacional, clientes importantes en varios países, presencia en sectores diferentes, etc). Sería interesante examinar por qué los clientes eligen a estas empresas en lugar de a otras del sector (por ejemplo, empresas nacionales más pequeñas), para poder considerar por qué no existe mucha competencia en este mercado y, por tanto, hacer una regulación que sea eficaz en cuando a los objetivos propuestos. Algo que no parece que sea lo que se persigue.

domingo, 26 de septiembre de 2010

la UE pone fin a su investigación a Apple por monopolio

Expansión:

La Comisión Europea (CE) aseguró hoy que Apple ha relajado las restricciones a las herramientas de desarrollo de las aplicaciones para el iPhone y que ha introducido una garantía de servicios de reparación transfronteriza dentro de la Unión Europea (UE) y el Área Económica Europea (AEE).
Así lo anunció hoy en un comunicado el vicepresidente de la CE y responsable de Competencia, Joaquín Almunia, tras una investigación preliminar antimonopolio llevada a cabo por Bruselas acerca de la política de Apple sobre el iPhone.
Gracias a estas modificaciones, la CE da por concluida la investigación.
"La respuesta de Apple a nuestras investigaciones preliminares muestra que la Comisión puede utilizar las normas de Competencia para lograr resultados rápidos en el mercado con claros beneficios para los consumidores, sin la necesidad de abrir procedimientos formales", subrayó Almunia.
Algo desde luego, muy beneficioso para el mercado. Aunque también sería necesario señalar que, si Apple no hubiera satisfecho esa demanda de los consumidores, más pronto que tarde hubiera surgido un dispositivo semejante en la competencia (aunque no fuera de Apple) que sí cumpliera con ella.

viernes, 24 de septiembre de 2010

La UE quiere incrementar las sanciones a los Estados miembros que incumplan el Pacto de Estabilidad

Las sanciones propuestas se aplicarían de forma automática y podrían consistir en multas en dinero. Lo podemos leer en iMarketWatch:
European policymakers meet in Brussels next week to debate new rules to rein in high debt and deficit levels across the bloc, against the backdrop of growing investor fears that Eurozone members Ireland and Portugal won't be able to manage their debt burdens alone.

The European Commission will push the region's finance ministers to accept new sanctions for states that break the European Union's fiscal rules. The sanctions would kick in automatically and could result in financial fines, people familiar with the proposals said.

The EU's current rules, set out in the Stability and Growth Pact, require EU member states to limit their budget deficits to below 3% of their gross domestic product and their debt levels to 60% of GDP.

A lackadaisical attitude towards enforcement, along with the impact of the financial crisis, led many countries to breach those limits. Greece was the worst offender, with a budget deficit last year more than quadruple the 3% limit.