lunes, 4 de marzo de 2013

Caso Noos: la importancia de los correos como prueba

email
email (Foto: Sean MacEntee)
Expansión:
En el año 2000, la Ley de Enjuiciamiento Civil introdujo la posibilidad de aportar emails y otros documentos en soporte digital como prueba. Hasta entonces, la prueba documental distinguía entre escritos públicos –notariales, judiciales o administrativos– y privados, y daba mayor fuerza probatoria a los públicos, ya que prueban la fecha, las personas firmantes y el hecho que documentan, mientras que los privados sólo producían tales efectos si son reconocidos por las partes.
El email es en principio un documento privado, con ciertas particularidades, y sometido por tanto al trámite del reconocimiento de los implicados. Los problemas surgen cuando una de las partes no lo reconoce, sea por negar la fecha, el contenido, el autor o los documentos adjuntos.
“Los emails se pueden utilizar como prueba en un juicio siempre y cuando su obtención no vulnere derechos fundamentales, en cuyo caso son prueba nula de pleno derecho”, señala José Ángel González Franco, socio director de González Franco Roxin Abogados.
Con los documentos tradicionales, la impugnación se solía resolver mediante un dictamen pericial que reconociese la autenticidad de la firma contenida en los mismos, lo que era relativamente sencillo con las técnicas de reconocimiento caligráfico. Tal juicio pericial no es tan claro con el email, pues es un elemento fácilmente manipulable. Además, al juzgado normalmente no se aporta más que la copia en papel y las técnicas para la detección de las manipulaciones no son del todo fiables. Al final, es el juez quien debe valorar la prueba, pues la ley establece que si no se puede determinar pericialmente la validez de un documento, el juez lo hará según su criterio. Los peritajes informáticos practicados en caso de denuncia sólo pueden certificar el envío, el destinatario y la fecha, no el contenido.
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