El Tribunal Supremo ha anulado la condena a dos personas que habían sido acusados por un delito de estafa informática al considerar que la mera adjudicación de una dirección IP no acredita ser el autor del acto telemático que la utiliza. El alto tribunal así lo considera en una sentencia dictada por la Sala Penal el pasado 3 de diciembre y hecha pública recientemente.(...) el Supremo considera que a pesar de que la imputación del hecho parte de premisas correctas y mantiene coherencia lógica, no puede tenerse por veraz dado que es “compatible con alternativas razonables”. Por ello, el juez considera que la imputación no resulta justificada y que la decisión de condena vulnera la garantía constitucional de presunción de inocencia del recurrente.
sábado, 16 de febrero de 2013
Jurisprudencia: El Supremo considera que la IP no es prueba suficiente para imputar un delito a su titular
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