martes, 7 de agosto de 2012

Jurisprudencia: El TS rebaja de 2 años a 9 meses la sanción a una jueza por una falta muy grave de desatención

la jueza subraya que informó al Juzgado de que no asistiría por las mañanas, así como dio orden a la Policía de poner a los detenidos a su disposición a partir de las 16.30 horas porque "estaba tomando medicinas y necesitaba dormir mucho por las mañanas". El Supremo no rebate estos extremos y afirma en su resolución que la juez padecía un trastorno obsesivo-compulsivo de la personalidad, junto con un importante estrés laboral que le obligaba a seguir un tratamiento médico con importantes efectos secundarios, por lo que atenúa su responsabilidad. Sin embargo, el Supremo sí que confirma las otras dos sanciones de suspensión por un mes por absoluta y manifiesta falta de motivación en sus resoluciones, y otra sanción de advertencia por ausencias injustificadas por la que fue multada con 150 euros
vía El TS rebaja de 2 años a 9 meses la sanción a una jueza por una falta muy grave de desatención.

Comentario: no entiendo cómo alguien que no puede trabajar por las mañanas (al menos eso parece de la redacción), puede reincorporarse al servicio. Si tiene un "trastorno obsesivo-compulsivo, junto con un importante estrés laboral, con un tratamiento médico con importantes efectos secundarios", lo ilógico es que se haya reincorporado. A ello se une que se le ha sancionado por no motivar sus resoluciones (requisito derivado de la tutela judicial efectiva de los interesados) y por ausencia injustificada. No creo que sea justo que alguien así tenga en su mano potestades judiciales, esto es, la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Si no puede realizar sus actividades, no se le debería haber permitido la reincorporación.

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