Se considera que dicha condena no constituye un peligro grave y actual para el orden público | Otrosí:
"El TSJ (de Castilla y León) declara que no se dan los requisitos para aplicar el citado precepto que prevé la posibilidad de denegar la expedición o renovación de las tarjetas de residencia si existen motivos graves de orden público o seguridad pública, toda vez que el interesado, por el hecho de haber sido condenado mediante sentencia de conformidad por un delito de robo con violencia -con pena suspendida durante dos años-, no constituye un peligro grave y actual para el orden público en el sentido fijado por la jurisprudencia sentada en la materia, que entiende que ese peligro se desprende de una conducta continua o de un "modus vivendi" al margen de la legalidad, ausente a todas luces en el caso examinado."
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