jueves, 31 de enero de 2013

Jurisprudencia: la supresión de la paga extra a funcionarios podría ser inconstitucional



En una providencia en contestación a un recurso planteado por sindicatos de funcionarios, la sala (de lo Social de la Audiencia Nacional) indica que, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido y se devengan día a día y, por ello, el Gobierno no podría suprimir la paga completa en julio con efectos retroactivos a todo el año.
El Confidencial:
Considerado que las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido y se devengan día a día, y que la disposición controvertida establece la indicada supresión, sin excepción alguna respecto de la parte que ya se hubiera devengado a la fecha de entrada en vigor, el 15 de julio de 2012, nos planteamos la posibilidad de que la misma esté vulnerando la Constitución", recoge el texto.

Concretamente, podría atacar el artículo 9.3 de la Carta Magna, que garantiza la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales. “En la medida en que la norma suprime el derecho de los trabajadores a percibir cuantías ya devengadas, expresamos nuestras dudas sobre su ajuste constitucional”, recalca.
Posts relacionados: El tufo de inconstitucionalidad del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio.

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