No queda muy claro a qué personas se excluirán o se les reducirá la tasa en relación con la reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Por otro lado, tampoco es muy razonable que se reduzca sin más a las personas físicas sin tomar en consideración su capacidad económica, por ejemplo. Tampoco es razonable por qué no se incluyen a las personas jurídicas en dicha reducción, ya que pequeñas empresas están teniendo que asumir un sobre coste importante para, por ejemplo, reclamar impagos ante los Tribunales. El hecho de que se sea una persona jurídica no significa que no se sufran dificultades económicas que obstaculicen el acceso a la tutela judicial efectiva en igual de condiciones que otros posibles actores.
lunes, 25 de febrero de 2013
Tasas judiciales: críticas por razón de los sujetos a la "modificación a la baja"
Crítica absolutamente justificada a la siguiente modificación de la regulación de las tasas:
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Se agradece que dejes un comentario pero debes tener en cuenta que serán borrados:
1. Los que contengan insultos.
2. Los que sean obra de trolls y otros individuos semejantes que no buscan una discusión razonada (en este caso jurídica), si no desviar la conversación hacia cuestiones que nada tienen que ver con la entrada en la que están comentando.
3. Los que constituyan spam.
Las medidas expuestas simplemente tienen por objeto asegurar que la discusión sea interesante, tanto para los que participen en ella, como para los que la lean.